República Dominicana: Polémica por el Proyecto de ley sobre apuestas que sostienen que prioriza la recaudación
Lunes 23 de Junio 2025 / 12:00
2 minutos de lectura
(Santo Domingo).- El proyecto de ley presentado por el Poder Ejecutivo ante el Congreso Nacional para regular las bancas de apuestas, casinos y juegos de azar propone un marco normativo amplio y con pretensiones de solidez institucional. No obstante, más allá de su enfoque estructurador, el texto deja entrever una prioridad predominante: la generación de ingresos para el Estado parece anteponerse a los objetivos de restringir el acceso al juego o reducir sus impactos sociales negativos.

El proyecto de ley que regula las bancas de apuestas, casinos y juegos de azar, sometido por el Poder Ejecutivo al Congreso Nacional, establece un esquema normativo robusto y de amplio alcance.
Sin embargo, más allá de su discurso organizador, la pieza revela una prioridad clara: recaudar ingresos para el Estado por encima de limitar el acceso de la población al juego o mitigar los riesgos sociales asociados.
Con la creación de la Dirección General de Juegos de Azar (DGJA), adscrita al Ministerio de Hacienda, el Gobierno busca formalizar un sector históricamente disperso y permeado por la informalidad, pero sin articular una política pública de prevención de la ludopatía, ni medidas dirigidas a proteger a los jugadores más vulnerables.
Un marco fiscal, no sanitario
El proyecto impone cargas significativas a los operadores:
794,414 pesos p
or banca deportiva, más un impuesto anual de 386,673 pesos (en zonas urbanas) y 1 % sobre ventas brutas.
Juegos de azar por internet tributarán 10 % sobre ingresos o pagarán 5 millones de pesos mensuales durante el periodo transitorio.
Los casinos deberán abonar hasta 85,927 pesos por mesa, y las tragamonedas 14,000 pesos mensuales de manera provisional.
Las loterías electrónicas enfrentarán tasas progresivas de hasta 24 % de sus ventas.
Estas tarifas, estandarizadas y sin escalas según capacidad operativa, han sido interpretadas por expertos como una estrategia de fiscalización dura que pone en segundo plano la salud pública y arriesga expulsar a operadores pequeños, incentivando un nuevo ciclo.
Mientras el proyecto dominicano se estructura casi exclusivamente desde la óptica tributaria, otras jurisdicciones han adoptado modelos que combinan regulación económica y protección social:
España: prohíbe la publicidad de apuestas en radio, televisión e internet, y exige que los operadores financien campañas de prevención.
Chile: discute una ley que crea un fondo público para tratamiento de adicciones, financiado con un porcentaje de los ingresos brutos del juego.
Colombia: establece registros voluntarios de autoexclusión, sistemas de verificación de edad y límites de gasto por jugador.
En comparación, la propuesta dominicana solo exige colocar el mensaje "Jugar compulsivamente afecta tu salud" en los establecimientos, sin prever recursos, estructuras ni programas institucionales de apoyo.
Un sector bajo la lupa judicial
El contexto del proyecto también está marcado por la sombra de escándalos recientes.
Actualmente está en curso una investigación judicial que involucra al exministro de Hacienda Donald Guerrero, acusado de haber autorizado de manera irregular la legalización y operación de cientos de bancas de apuestas sin control ni sustento normativo.
Este expediente incluye acusaciones de corrupción administrativa, tráfico de influencias y lavado de activos, y ha evidenciado la fragilidad del sistema anterior y su permeabilidad al clientelismo político.
Para algunos observadores, el nuevo proyecto busca corregir esas distorsiones, pero no rompe del todo con la lógica de concentración, discrecionalidad y opacidad que facilitó los abusos ahora bajo investigación.
Riesgos y ausencia de controles sociales
La DGJA propuesta tendrá autoridad exclusiva para otorgar licencias, imponer sanciones, ordenar cierres y hasta bloquear sitios web de apuestas sin necesidad de orden judicial. No se contemplan mecanismos independientes de supervisión, comités de ética ni unidades de salud pública vinculadas a esta función.
Además, aunque se prohíbe la instalación de bancas en un radio de 500 metros de escuelas, iglesias y hospitales, no se fijan límites a la expansión general del sector ni se promueve una política de restricción de acceso por zonas de alta exposición social.
Por Arturo Rosado
Categoría:Legislacion
Tags: Sin tags
País: República Dominicana
Región: América Central y Caribe
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